Días inhábiles en la Administración General del Estado: ¿Qué debes saber?

En nuestro día a día, es habitual realizar trámites con la Administración General del Estado, ya sea para solicitar una prestación, presentar un recurso o simplemente consultar información. Para garantizar la eficiencia y el buen funcionamiento de la Administración Pública, se establecen una serie de días inhábiles en los que las oficinas no funcionan a efectos de cómputo de plazos.

Conocer estos días inhábiles es fundamental para poder calcular correctamente los plazos en los trámites y evitar así retrasos o errores en la gestión de los mismos.

¿Qué son los días inhábiles en la Administración Pública?

Son aquellos días en los que las oficinas de la Administración General del Estado no funcionan a efectos de cómputo de plazos. Esto significa que, si presentas un escrito o realizas alguna gestión un día inhábil, el plazo para que la Administración te responda no comenzará a contar hasta el siguiente día hábil.

¿Cuáles son los días inhábiles?

Con carácter general, son inhábiles:

  • Todos los sábados y domingos
  • Los festivos nacionales: 1 de enero, 6 de enero, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre y 25 de diciembre.
  • Las fiestas autonómicas: cada Comunidad Autónoma tiene sus propias fiestas autonómicas, que también son inhábiles en su territorio.
  • Los días declarados inhábiles por la Administración General del Estado: estos días se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del comienzo de cada año.

¿Cómo se computan los plazos en días inhábiles?

Los plazos se cuentan de día en día, excluyendo los días inhábiles. Esto significa que, si un plazo es de 10 días y durante ese periodo hay 3 días inhábiles, el plazo real será de 13 días.

¿Dónde puedo consultar el calendario de días inhábiles?

El calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado se publica en el BOE y en la página web del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. También puedes consultarlo en las oficinas de la Administración General del Estado o en ayuntamientos y comunidades autónomas.

¿Qué pasa si presento un escrito o realizo una gestión un día inhábil?

Si presentas un escrito o realizas una gestión un día inhábil, el plazo para que la Administración te responda no comenzará a contar hasta el siguiente día hábil. Esto significa que tu solicitud se tramitará con un retraso de un día.

¿Puedo ampliar un plazo?

En algunos casos, puedes solicitar a la Administración la ampliación de un plazo. Sin embargo, no siempre es posible, y la Administración solo la concederá si existen motivos justificados.

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