Conservar las calificaciones para el ejercicio tipo test
En aquellos ejercicios cuya nota obtenida sea superior al 60% se puede conservar la nota hasta la convocatoria siguiente. Salvo que se haya producido alguna modificación normativa, es indispensable que el método de calificación y el temario sean análogos para mantener esta calificación. Esto es aplicable también a las personas aspirantes que participan por el cupo reservado a personas con discapacidad.
Otras condiciones
Además de la circunstancia previamente mencionada, otros dos requerimientos son:
- Haber realizado la solicitud de inscripción a las pruebas selectivas.
- Cumplir el resto de requisitos reflejados en la convocatoria, entre los que se encuentran principalmente:
- Nacionalidad:
- Tener la nacionalidad española.
- Salvando algunas excepciones:
- Cónyuges de ciudadanos españoles u otros nacionales miembros de la UE,
- Descendientes menores de 21 años o mayores de edad que sean dependientes.
- Personas incluidas en los ámbitos de aplicación de los Tratados Internacionales donde se aplique la libre circulación de trabajadores.
- Capacidad: poseer las capacidades necesarias para la realización de las funciones.
- Edad: tener un mínimo de 16 años y un máximo que no supere la edad de jubilación forzosa.
- Habilitación: no haber visto interrumpido el servicio en la Administración mediante expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado.
- Titulación: encontrarse en posesión (o en proceso de obtención) de los siguientes títulos:
- Licenciado/a
- Ingeniero/a
- Arquitecto/a
- Graduado/a
- Nacionalidad:
Previamente a la celebración del primer ejercicio se publicará un listado con aquellos aspirantes susceptibles de conservar la nota en la siguiente prueba.
Ejercicio de inglés
En la Oferta de Empleo público relativa a esta convocatoria se exponían las condiciones para conservar la nota de aspirantes que hubieran participado en el proceso selectivo. En ella, se especificaba que para obtener el “apto” debía alcanzarse una puntuación mínima equivalente a 785 puntos TOEIC (nivel B2).
Aquellos aspirantes que hubieran obtenido una cantidad de puntos superior a la mencionada en la convocatoria inmediatamente anterior, están eximidos de realizar dicho ejercicio.
Antes de celebrar esta prueba, se publicará la lista de aspirantes que quedan exentos de realizarla.
Si quieres consultar la información completa, incluyendo otros requisitos, excepciones y condiciones, puedes consultar directamente las publicaciones del BOE: