¿Qué hacer después de aprobar una oposición TIC?

Aprobar una oposición TIC del Estado es un gran paso profesional: tras superar las pruebas selectivas, comienza una nueva fase administrativa que incluye la presentación de documentación, el posible nombramiento como funcionario en prácticas, la superación de un curso selectivo y, finalmente, la adjudicación de destino y la toma de posesión.

En este artículo ofrecemos una guía aproximada sobre lo que suele ocurrir tras aprobar una oposición TIC. Esta información tiene un carácter orientativo y general y no sustituye a lo que dispongan las convocatorias oficiales ni a las comunicaciones de los organismos oficiales responsables, que proporcionan información válida y actualizada. Los procedimientos pueden cambiar según la convocatoria o cuerpo al que se opte.

1. Publicación de aprobados y presentación de documentación

Una vez superadas todas las fases de la oposición, el Tribunal publica la relación definitiva de personas aprobadas. Este listado aparece en el BOE y también se difunde a través del portal del INAP (Instituto Nacional de Administración Pública).

Tras esa publicación, se abre un plazo para presentar una serie de documentos, entre los que se encuentran:

  • Título académico exigido en la convocatoria.
  • DNI o equivalente.
  • Declaración responsable de no haber sido separado del servicio público ni estar inhabilitado.
  • Certificado médico oficial (en algunas convocatorias).
  • Solicitud de destinos (si ya se publica con la lista).

La falta de entrega de esta documentación en plazo puede conllevar la exclusión del proceso.

2. Nombramiento como funcionario en prácticas

En los cuerpos A1 y A2 (Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información y Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática) el siguiente paso habitual es el nombramiento como funcionario en prácticas, lo que implica la obligación de asistir y superar el curso selectivo.

Este curso, gestionado por el INAP, tiene carácter formativo y también evaluable. Su objetivo es proporcionar: 

  • Conocimientos prácticos sobre el funcionamiento de la Administración del Estado.
  • Los derechos y deberes del personal funcionario.
  • Competencias específicas relacionadas con el cuerpo al que se accede.

3. Superación del curso selectivo

Una vez finalizado el curso se puede proceder a la adjudicación de destinos

Es importante tener en cuenta que el curso puede tener efectos en la antigüedad, en la toma de posesión y, en algunos casos, puede implicar una calificación que influya en el orden de elección de destino (esto depende del cuerpo y la convocatoria).

4. Elección de destino

Tras superar el curso selectivo, se publica la resolución con la relación de plazas disponibles

Las personas aspirantes eligen su destino en función del orden obtenido en el proceso selectivo. Cuanto mejor haya sido la puntuación global, mayor será la prioridad para escoger destino.

Las plazas pueden estar repartidas por distintos ministerios, organismos autónomos o ubicaciones geográficas. Cada aspirante debe hacer su solicitud según las instrucciones de la convocatoria.

5. Nombramiento como funcionario de carrera y toma de posesión

Una vez adjudicado el destino, se publica el nombramiento como funcionario de carrera. A partir de ahí, comienza el plazo para tomar posesión del puesto.

A partir de la toma de posesión, la persona se incorpora oficialmente a su puesto como personal funcionario TIC del Estado.

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Irene Lequerica Zorrozua
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Rodrigo Mayo
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María Berenguer Carretero
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Rafa B.
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